¿CUÁNDO PIERDO EL DERECHO DE RECLAMAR POR UN ACCIDENTE DE TRANSITO?

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El art. 2561 del Código Civil y Comercial de la Nación establece que el reclamo de la indemnización de daños derivados de la responsabilidad civil prescribe a los tres años. Aquí hablamos de la prescripción como un medio de liberarse de una obligación por el transcurso del tiempo. Por ejemplo, ocurrido un accidente de tránsito los tres años se contarán desde la ocurrencia del siniestro; cumplidos los tres años si quien tierne derecho de hacerlo no reclamo el pago de la indemnización pertinente ese derecho se pierde.
Es importante que si usted sufre un accidente de tránsito o cualquier otro tipo de accidente y considera que tiene derecho de imputarle la responsabilidad a un tercero consulte lo antes posible a su abogado de confianza.